Tristemente, y debido a la crisis que vivimos, y que parece no terminar nunca, es algo que cada vez se preguntan más personas.

Lo primero que tenemos que tener claro, es que el Despido, para que se valido, debe reunir una serie de requisitos. Debe ser siempre por escrito, debe comunicar al trabajador las razones por las cuales se le despide de manera muy concreta, y además debe contener la fecha de efectos, es decir, la fecha a partir de la cual se termina la relación laboral entre empresario y trabajador. A partir de esa fecha debemos saber que contamos con 20 días para reclamar sino estamos de acuerdo con el despido.

¿Debo formar la carta de despido? Lo mejor es no hacerlo, o firmarla indicando que no estás conforme («No conforme»), y hacer constar la fecha del día en que la firmas en cada una de las hojas. Además, si en la carta se indica que se hace entrega de una cantidad de dinero en metálico, pero no se recibe ese dinero en ese momento, se debe indicar «Pendiente de cobro», en todas las hojas también.

Si entendemos que el despido es improcedente, y no estamos de acuerdo con lo que se nos dice en la cata de despido, no debemos alarmarnos, ya que tenemos la posibilidad de reclamar lo que consideremos que es nuestro acudiendo a la justicia.

En todo caso, es acertado acudir a un abogado, para hacer una consulta y que compruebe la corrección del finiquito, ya que pasado el plazo legal, aunque éste sea incorrecto, ya nada se puede hacer.

Ser despido es algo muy duro para la mayoría de las personas, pero debemos tener en cuenta que nos puede servir para comenzar una nueva etapa en la cual podemos encontrar un trabajo mejor, o incluso abrir nuestro propio negocio, y trabajar en lo que más nos gusta.

CategoryDerecho Laboral
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